Normas de uso extralitúrgicos
A tenor de las normas de los Obispos de Sur de España sobre los “Usos extralitúrgicos de las iglesias dedicadas al culto” (conciertos de música sacra, actos culturales, institucionales, académicos, literarios, grabaciones, rodaje de películas, etcétera), que entraron en vigor el 10 de noviembre de 2014, los sacerdotes y las instituciones organizadoras de los mismos, deberán solicitar la autorización al vicario general, siguiendo el trámite establecido en las referidas normas.
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