El Arzobispo de Sevilla ha publicado decreto de reanudación de cultos con asistencia de fieles
El Arzobispo de Sevilla, monseñor Juan José Asenjo ha publicado un decreto de reanudación de los cultos con asistencia de fieles a un 30 % por del aforo máximo del lugar en la Fase I de desconfinamiento y al 50 % en la Fase II, debiendo respetarse, igualmente, la distancia de seguridad entre los fieles, determinada por las disposiciones civiles pertinentes.
Atendiendo a la evolución de la situación de emergencia sanitaria provocada por la pandemia del COVID-19, y manteniendo el compromiso de colaborar para la más pronta recuperación de la misma en beneficio de nuestra sociedad, monseñor Asenjo ha detallado que “dicho decreto entrará en vigor a partir del inicio de la Fase I en el territorio de la provincia civil de Sevilla”.
En lo que respecta específicamente a la celebración de la Santa Misa “se prorroga para todos los fieles cristianos en la Archidiócesis de Sevilla la dispensa de la asistencia a la celebración dominical y demás fiestas de precepto, mientras estén en vigor restricciones de aforo en los lugares sagrados”.
Para lo cual, “se recomienda a todos aquellos que no acudan a la celebración de la Eucaristía seguir la retransmisión en directo de la misma a través de los diversos medios de comunicación disponibles, así como intensificar la lectura de la Palabra de Dios y la oración en las casas, especialmente, en este mes dedicado a la Stma. Virgen María, con el rezo del Sto. Rosario”.
Para el cumplimiento de las distancias de seguridad y demás disposiciones civiles “el párroco, o responsable del templo, establecerá medidas concretas para la limitación del aforo y mantenimiento de la distancia interpersonal”.
En consonancia con las orientaciones sugeridas por la Comisión Ejecutiva de la Conferencia Episcopal el pasado 29 de abril en relación con las medidas de protección para restablecer la presencia de fieles en las celebraciones litúrgicas y otros actos eclesiales, “se extremará, antes y después de su uso, la limpieza y desinfección de los lugares de culto, o reunión, así como de los vasos sagrados y ornamentos litúrgicos”.
Se recomienda invitar a los fieles a usar guantes y mascarilla durante el tiempo de permanencia en el templo y otras dependencias de uso común, así como aquellas otras medidas de seguridad y protección que estime convenientes.
Celebraciones litúrgicas
Para el transcurso de la celebración litúrgica se tendrán en cuenta una serie de consideraciones especificadas en el punto 2 del Decreto, relacionadas con el número de acólitos, lectores y ministros del altar, rito de la paz y distribución de la Sagrada Comunión.
Mientras que la celebración de otros sacramentos, sacramentales y actos de culto, especialmente aquellos que ordinariamente congregan a un elevado número de fieles, como suele ser el caso de los bautismos, primeras comuniones, confirmaciones, matrimonios, o funerales, “se programará de modo que puedan respetarse las normas generales ya expuestas referidas a aforo y otras medidas de protección, posponiéndose, en diálogo con los interesados, hasta una fecha más conveniente si así lo estima el párroco o el ministro de la celebración, en el caso de la Confirmación”.
Corpus Christi
En relación a los actos religiosos en la vía pública quedan suspendidos mientras estén en vigor medidas restrictivas de movilidad y la procesión del Corpus Christi donde sea posible su celebración “tendrá carácter claustral, impartiéndose la bendición con el Santísimo en el atrio del templo”.
Actividades pastorales
En lo que respecta a otras actividades en locales pastorales (reuniones, encuentros o catequesis), en la Fase I se permitirá su celebración con un máximo de 30 asistentes –cumpliendo el límite del 30% del aforo de la dependencia en la que se lleven a cabo, la distancia de seguridad y las medidas de protección pertinentes-, pasando en la Fase II a autorizarse un máximo de 50 personas en locales al 30% del aforo, mientras que en la Fase III se elevará al 50% del aforo para reuniones de hasta 50 personas, limitándose al 30% del aforo los locales de reunión para grupos de hasta 80 personas.
También en las oficinas y otras tareas parroquiales en las que se realice una atención individualizada, se pondrán en práctica las medidas generales de protección en vigor para los establecimientos abiertos al público, tanto para el personal de la parroquia como para los fieles, tales como uso de mascarilla, guantes, soluciones desinfectantes, con preferencia de la atención telefónica, telemática o la cita previa.
Hermandades y cofradías
Las Hermandades y Cofradías, y demás asociaciones de fieles, cuando, de acuerdo con el párroco o director espiritual, se prevea razonablemente que van a poder cumplirse, sin grave incomodidad para los hermanos y otros fieles, las limitaciones de aforo y concentración de personas establecidas por las autoridades civiles para el momento de su celebración. En caso de disparidad de criterio, deberán acudir a la Delegación Episcopal para los Asuntos Jurídicos de las Hermandades y Cofradías.
En relación a las oficinas y servicios generales de la Curia Diocesana retomarán su horario habitual de atención al público a partir del 11 de mayo. No obstante, mientras se mantengan en vigor medidas de restricción a la movilidad o de aforo en lugares públicos, se priorizará la tramitación telefónica o telemática, así como, en su caso, la recepción y envío de documentación por medio de los servicios de Correos o mensajería.
A partir de la entrada en vigor de este Decreto, quedan sin efecto todas aquellas disposiciones emitidas para la Archidiócesis de Sevilla desde el 13 de marzo que contradigan las aquí promulgadas, que podrán modificarse o prolongar su vigencia en función de las limitaciones establecidas por las normas que emita la autoridad civil competente.
Perseverancia en la oración
Finalmente, Monseñor Asenjo agradeció a todos los fieles de la Archidiócesis de Sevilla por la docilidad a las disposiciones establecidas y pidió “que perseveren en la oración en favor de quienes han sufrido con más virulencia los efectos de esta pandemia, particularmente por los enfermos y sus familiares, los profesionales sanitarios y de otros servicios esenciales, los voluntarios de Cáritas y otras instituciones eclesiales, los afectados por la situación socio-económica, así como también especialmente por todos los difuntos”.