#HazMemoria | Eutanasia o cómo deshumanizar la muerte
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Acceso al Dossier de Prensa elaborado por la Archidiócesis de Sevilla ante la Ley Orgánica de regulación de la eutanasia
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Aprovechando que el cuidado de la familia y la protección de la vida es el tema principal propuesto esta semana para la Campaña Haz Memoria de la Conferencia Episcopal, la Archidiócesis de Sevilla insiste en su rechazo a la eutanasia -aprobada hace poco más de un año en el Parlamento Español- y propone la lectura de diversos materiales que ayudarán al creyente -y no creyente- a reflexionar sobre su regulación legal y sus consecuencias morales.
Aclarando conceptos
En primer lugar, ¿sabemos de qué hablamos cuando nos referimos a la eutanasia? Creemos que no, por eso debemos ser cautos con la terminología empleada, ya que, en numerosas ocasiones, tanto desde la esfera política como desde los medios de comunicación, se presentan conceptos ambiguos que acrecientan la confusión de la sociedad.
Así, la Iglesia (como la Organización Mundial de la Salud) entiende por eutanasia la acción u omisión deliberada por parte de personal sanitario con el objetivo de poner fin a la vida de un paciente, a petición propia o de algún familiar. Esta definición pone el acento en la intencionalidad de la acción, lo que conlleva necesariamente desechar el uso de términos como “eutanasia pasiva o indirecta”. Ni mucho menos tiene cabida la eutanasia “involuntaria”, ya que en este caso estaríamos hablando de homicidio.
Igualmente, es necesario destacar que la eutanasia no es lo mismo que la sedación paliativa, una técnica que consiste en la administración de fármacos en dosis y combinaciones requeridas para reducir la consciencia lo necesario para aliviar uno o más síntomas refractarios –es decir, síntomas que pese a los diversos tratamientos empleados no mejoran y provocan un gran sufrimiento al paciente. Esta práctica médica está totalmente respaldada por la Iglesia Católica, tal y como recoge el Catecismo (nº 277): “El uso de analgésicos para aliviar los sufrimientos del moribundo, incluso con riesgo de abreviar sus días, puede ser moralmente conforme a la dignidad humana si la muerte no es pretendida, ni como fin ni como medio, sino solamente prevista y tolerada como inevitable”.
Así mismo, la eutanasia tampoco puede asimilarse con el rechazo a recibir tratamiento o a la Limitación del Esfuerzo Terapéutico (LET) que consiste en la retirada o no inicio de un procedimiento por ser fútil o desproporcionado para el enfermo, ya que le produce mayores riesgos y sufrimientos, con escasos o nulos beneficios. Al respecto, el papa Juan Pablo II en la encíclica Evangelium Vitae mantiene que “en estas situaciones, cuando la muerte se prevé inminente e inevitable, se puede renunciar a unos tratamientos que procurarían únicamente una prolongación precaria y penosa de la existencia, sin interrumpir, sin embargo, las curas normales debidas al enfermo. La renuncia a medios extraordinarios o desproporcionados no equivale al suicidio o a la eutanasia; expresa más bien la aceptación de la condición humana ante la muerte”. Por tanto, el enfermo no muere por no aplicar o retirar ciertas terapias, ni los sanitarios buscan con ello provocar la muerte del paciente, sino que se protege al mismo de un sufrimiento mayor, dejando que la enfermedad siga su curso y aceptando la llegada de la muerte de forma natural.
¿Un clamor social?
Una vez aclarada la cuestión terminológica, es oportuno recordar que, pese a que la proposición de ley afirma que es necesario legalizar la eutanasia porque lo está en otros países de nuestro entorno, lo cierto es que se trata de una práctica poco común en el mundo. En Europa apenas tres países (Holanda, Bélgica y Luxemburgo) han legalizado la eutanasia, mientras que en Alemania y Suiza han hecho lo propio con el suicidio asistido.
A esta realidad internacional se suma que en las encuestas oficiales del CIS o el INE la eutanasia apenas es mencionada por los españoles, ni es considerada como una de sus principales preocupaciones.
Pero no solo se trata de un asunto controvertido a nivel médico, ético y social, sino que también presenta grandes dificultades en el campo jurídico. Hasta ahora, podríamos decir que el artículo 143 del Código Penal regula la eutanasia, ya que, aunque no la menciona de forma explícita, sí se refiere a ella como aquellos “actos necesarios directos a la muerte de otro, por la petición expresa, seria e inequívoca de éste en el caso de que la víctima sufriera una enfermedad grave que conduciría necesariamente a su muerte o que produjera graves padecimientos permanentes y difíciles de soportar”. Sin embargo, con la nueva ley se da un paso más allá promoviendo “el derecho a morir”, cuando ni siquiera existe constitucionalmente la disponibilidad de la vida como tal. De hecho, si existiera este derecho absoluto sobre la vida, podría defenderse, por ejemplo, el derecho a traficar con los propios órganos o a aceptar la esclavitud de forma voluntaria. Reconocer, por tanto, la eutanasia como derecho se convierte en una derrota social y profesional ante el problema de la enfermedad y la muerte.
Así, no solo la Iglesia Católica se muestra contraria a la legalización de la eutanasia, sino que queda evidente que no se trata de un clamor social real, ni responde en absoluto a las demandas de las distintas asociaciones de enfermos, ni a la gran mayoría de los Colegios Oficiales de Médicos, ni de otras entidades civiles implicadas.
Ayudar a vivir, no a morir
Esta es la vocación de los Cuidados Paliativos, una especialidad médica que acompaña al paciente en la fase final de su vida y que cuenta con avanzadas técnicas que alivian el dolor y controlan los síntomas de la enfermedad. Sin embargo, esta atención apenas llega al 50 % de los pacientes que lo requieren. Según la Sociedad Española de Cuidados Paliativos (SECPAL), 80.000 personas fallecen cada año sin los cuidados paliativos que necesitan. De igual forma ocurre con la Ayuda a la Dependencia, un recurso que resulta casi inaccesible para el enfermo, que conlleva trámites que se demoran más de dos años. Según los últimos datos publicados, más de 38.000 personas al año mueren con esta ayuda asignada, pero sin percibir la prestación. Por su parte, los profesionales de las Unidades de Tratamiento del Dolor (UTD) también manifiestan ser insuficientes y denuncian la falta de medios.
Ante esta situación la eutanasia se presenta como la única alternativa viable para el enfermo crónico o terminal, que, no solo desea acabar con su sufrimiento, sino también aspira a dejar de ser “una carga” para sus cuidadores. Por tanto, si el acceso a la Ayuda a la Dependencia, a las Unidades del Dolor y a unos Cuidados Paliativos de calidad es insuficiente o precario –como actualmente ocurre-, la decisión de pedir la eutanasia nunca será realmente libre, sino condicionada por estos factores.
Por todo ello, para la Iglesia, la verdadera alternativa a la eutanasia es la humanización de la muerte, es decir, ayudar al enfermo a vivir (no a morir) lo mejor posible durante la fase final de su vida, expresando nuestro apoyo en todas las etapas de la enfermedad, mejorando el trato y los cuidados requeridos, tanto físicos, como psicológicos y espirituales, exhortando también a nuestros políticos a invertir en investigación y en Sanidad, y exigiendo unas políticas sociosanitarias que realmente respondan a las necesidades de la población, que busquen aliviar el sufrimiento, sin terminar con la persona. Por tanto, el debate social y político no debería ser sobre el derecho a decidir cuándo y cómo morir, sino sobre la ineludible vocación de cualquier sociedad democrática de ayudar a vivir hasta el final de la vida.