Plazos y requisitos para las confirmaciones que se celebrarán en la Catedral
El 3 de enero se abrió el plazo dispuesto por la Delegación Diocesana de Liturgia y el Cabildo Catedral para que las parroquias y colegios de la Iglesia reserven la jornada en la que sus feligreses o alumnos recibirán el sacramento de la Confirmación en la Catedral de Sevilla durante el año 2020.
la delegación Diocesana de Liturgia informa que el número de confirmandos estará limitado en cada celebración, motivo por el cual se irán completando los grupos por estricto orden de solicitud. Así, las parroquias o colegios interesados deberán dirigirse a la Delegación, a través de su dirección de correo electrónico (liturgia@archisevilla.org) o el teléfono 954505505 (extensiones 623 y 630) antes del 16 de marzo. En esta petición deberán consignar el número aproximado de catecúmenos y los datos del responsable del grupo.
Las fechas reservadas por el Cabildo para las confirmaciones en el templo metropolitano son los viernes 1, 8, 15, 22 y 29 de mayo. El 15 de abril se celebrará en el Seminario una reunión preparatoria de estas celebraciones, a la que asistirán los responsables de todos los grupos y en la que se repartirán los ministerios, se concretarán los cantos, fechas de ensayos, etc.
Criterios de discernimiento para la Confirmación
La Delegación de Liturgia ha aprovechado este anuncio para recordar las instrucciones de la Delegación Episcopal de Asuntos Jurídicos Sacramentales sobre el acceso de los catecúmenos a este sacramento. La participación “periódica y regular” en las catequesis previas es el primer criterio, y se valorará la matriculación en la asignatura de Religión, así como su “conocimiento adecuado del contenido de la fe cristiana y sentimientos de fe y caridad”. Un comportamiento cristiano, la práctica de la oración personal y la participación en la liturgia de la Iglesia (particularmente la asistencia habitual a la Eucaristía dominical), son otros criterios de discernimiento que se exponen en la comunicación de la Delegación Diocesana de Liturgia.
Los confirmandos deberán aportar certificación de partida de Bautismo actualizada y, si procede de una parroquia que no pertenezca a la Archidiócesis de Sevilla, esta partida tendrá que ser legalizada por la curia diocesana correspondiente.
Normas para los padrinos
Los padrinos tendrán que ser mayores de dieciséis años y deberán aportar también la partida de Bautismo con indicación expresa de haber recibido el sacramento de la Confirmación. Según la normativa vigente, no podrán ejercer como padrinos el padre o la madre del confirmando, ya que “el oficio de padrino es sustitutivo del padre y la madre”.
Las confirmaciones celebradas en la Catedral se inscribirán únicamente en los libros de Confirmación de la Parroquia del Sagrario, y no en las parroquias de origen de los grupos. Finalmente, se informa que todos los catecúmenos deberán estar integrados en alguna parroquia o colegio de la Iglesia. Por tanto, no podrán confirmarse personas a título individual o procedentes de otras asociaciones o entidades.