PROTEGER LOS DATOS PERSONALES EN LA HERMANDAD
Hemos ofrecido recientemente a las hermandades de la Archidiócesis de Sevilla unas jornadas informativas acerca de los cambios en la legislación civil sobre la protección de datos personales. Se trataba de conocer el nuevo reglamento de la Unión Europea al respecto y el consecuente decreto general que emitió la Conferencia Episcopal Española para que todas las entidades religiosas de la Iglesia se adapten al mencionado reglamento. Igualmente, hemos querido dar a conocer cómo afecta estos a las hermandades, sobre todo a partir del decreto promulgado por nuestro arzobispo, facilitando el nombramiento en cada junta de gobierno de un delegado de protección de datos, ayudando así a que nuestras queridas hermandades cumplan la legislación. Estamos muy satisfechos de la participación y el interés mostrado, pero ahora los cofrades debemos ponernos manos a la obra.
¿Son estos asuntos tecnicismos legales que, en realidad, no afectan a la vida de hermandad, centrada en el culto y la caridad? ¿Exageraciones, alarmismo? No, desgraciadamente. En primer lugar, hay que decir que las “molestias” que las nuevas medidas nos ocasionen no proceden directamente de la legislación de la Iglesia. Lo único que hacemos es cumplir la ley civil. Los cofrades debemos ser ciudadanos que cumplen la ley, y que nadie pueda tener nada que reprocharnos. Esta es una manera de dar testimonio evangelizador: Cristo es la Verdad. Así, la picaresca, el truco, la pillería… no pueden tener nada que ver con la profesión y práctica de los discípulos de Jesús y, por lo tanto, con ser cofrades. Y es que el compromiso de ser cristiano incluye el deber cívico del cumplimiento de la ley: “procurad lo bueno ante toda la gente”, nos dice San Pablo (Rm 12, 17). Y, por qué no decirlo, se trata también de evitar sanciones económicas, y los fondos de la hermandad están para otras cosas, no para pagar multas.
El tratamiento de datos personales, en un mundo informatizado, ha simplificado mucho el trabajo cotidiano en la hermandad. ¿Recordáis cuando teníamos que escribir las direcciones de las cartas y boletines a los hermanos una por una, a mano o, a lo sumo, con una olivetti? ¿O rellenar a mano las papeletas de sitio y hacer así la lista entera de la cofradía? ¿O manejar en fichas de papel los recibos para el cobrador de la hermandad? Ahora, todo está en el movimiento de una mano con el ratón y un dedo haciendo click. Y es obvio que la hermandad necesita manejar datos personales para su funcionamiento cotidiano. Pero también se genera un gran riesgo: hoy el dato personal es susceptible de convertirse en mercancía de la que los delincuentes puedan aprovecharse (con las direcciones, códigos de cuentas bancarias, números de teléfono, direcciones de correo electrónico, etc ). Son ya muchos los casos del robo de bases de datos o de contraseñas. El dato personal es protegido por la ley como un derecho irrenunciable. Por ejemplo, no se puede ceder a un tercero sin el consentimiento expreso del interesado.
Las hermandades deben caminar hacia una cultura de la protección de los datos personales con la adopción desde ahora mismo de buenas prácticas en este sentido. Para ello, el fiscal de la junta de gobierno, o quien tenga la función similar de velar por que se cumplan las reglas de la hermandad, ejercerá la debida vigilancia, recurriendo si es necesario a asesores competentes en la materia. Si recurrimos dese hace tiempo a asesores fiscales o asesores artísticos, también necesitaremos tal vez asesores en materia de protección de datos.
Asimismo, deberemos tener precauciones cuidado con el uso de las páginas webs y redes sociales, tomando las medidas pertinentes. Por cierto, debo decir que en la inmensa mayoría de los problemas de falta de fraternidad que aquejan a algunas hermandades, está presente en muchos casos la falta de respeto, el insulto o la difamación por alguna de las nuevas redes de comunicación: Facebook, WhatsApp, Twitter, foros, etc.
Cuando llueve en medio de una procesión, hablamos de proteger, por encima de todo el “patrimonio humano”. Confieso que detesto un poco esta expresión, pero entiendo lo que quiere decir de fondo, y es maravilloso: protegemos a los hermanos, sobre todo a los más pequeños, como expresión de lo que significa una hermandad. Nuestro vinculo como hermanos en Cristo suscita en los cofrades sentimientos y actitudes de protección los unos para con los otros. En la procesión y en cualquier otro momento de la vida de la hermandad. Esta es nuestra razón de ser, y también la pondremos en práctica a la hora de proteger nuestros datos personales.
13 comentarios
Buenas tardes. Mi nombre es José Manuel García Aracil, Secretario primero de la Hermandad de San Gonzalo. En la sesión formativa celebrada el pasado 30 de abril, titulada «Hacia una cultura en la protección de datos en las Hermandades», se nos informó que tendriamos un enlace donde registrarnos para obtener el certificado de asistencia. Hasta ahora no o he encontrada, ¿podrían indicarme donde lo localizo
Se encuentra en esta página: http://www.hermandades-archisevilla.org.
Muchas gracias, José Manuel.
Don Marcelino,el Decreto de la CEE del que se basa el Decreto de la Archidiocesiss de Sevilla indica esto:
«§ 6. La autoridad eclesiástica competente proporcionará, cuando proceda, al
Delegado de Protección de Datos designado, los medios para su formación en la materia
así como el debido asesoramiento de profesionales con conocimientos especializados
del Derecho y en materia de protección de datos.»,
es decir es la Iglesia la que proporcionara los medios necesarios de asesoramiento de profesionales,NO la hermandades como indica la Archidiocesis de Sevilla.
Esto debería de rectificarse y aclararse.
Por otro lado a la espera de que se suba todas la presentación del curso de formación del pasado día 23 y 30/4 en el Seminario.
Gracias
Muchas gracias por la observación. La Iglesia lo está proporcionando, de hecho, con estas jornadas y con las que se programen en el futuro, así como con el Protectorado Canónico, al que las hermandades pueden consultar cuando se necesite acerca de los temas jurídicos y económicos que les afectan. Lo que no impide que cada hermandad, en su buenos deseos de hacer las cosas bien, pueda buscar asesoramiento externo, de la misma manera que, por ejemplo, para llevar la contabilidad.
muy buenos días, una duda que tengo, cuando se habla del responsable de tratamiento datos, se refiere al Hermano Mayor, gracias
Buenos días, Leo. Muchas gracias por su pregunta. No nos referimos al hermano mayor. Tampoco al secretario ni al mayordomo o tesorero. Nos referimos, según el decreto promulgado por el arzobispo, al fiscal o a quien tiene la función de velar por el cumplimiento de las reglas de la hermandad (en algunas hermandades se llama celador también). En caso de que la junta de gobierno no tenga ese puesto, deberá designar a otro, comunicándolo por carta al Vicario General. Pero no puede ser ni el hermano mayor, ni el secretario ni el mayordomo o tesorero.
Buenas tardes D Marcelino, ante todo gracias por la aclaración.
Lo que entiendo de su aclaración que además de ser Fiscal, es DPD y el responsable del tratamiento, perdón por mi insistencia pero no me cuadra si el DPD según el Art. 38 punto 1.1 debe informar y asesorar al responsable, etc.. que me informo y me asesoró a mi mismo?, algo no me cuadra.
buenas tardes D. Marcelino, ¿existe una programación para las próximas jornadas o en futuro esta previsto?.
Sí, tenemos previsto en el futuro realizar alguna jornada más en la ciudad. De momento vamos a insistir en las mismas cuestiones en sendas jornadas para hermandades en Dos Hermanas y Utrera, cuyos consejos locales de hermandades así nos lo han pedido.
Buenas Don Marcelino, de las charlas del día 23 y 30 dijeron pasarían las diapositivas y la colgaría, no lo encuentro aun donde esta. Podría indicármelo, por favor?
Buenas, Antonio.
Ya estamos preparándolas para subirlas a esta página web, al Portal de Transparencia. Muy pronto estarán disponibles. Cuando estén listas, lo anunciaremos a través de Twitter. Muchas gracias.
Todos los hermanos de una hermandad ¿deben de tener las reglas de la hermandad?
Así debería ser. Los hermanos deben conocer las reglas y , es más, llevarlas a su vida cristiana como un instrumento espiritual. Para ello, la junta de gobierno debe procurar que los hermanos dispongan de las reglas mediante ejemplares impresos, entregados en el momento de su ingreso en la hermandad. ¿Cómo jurar, si no, algo que no se conoce? Al menos, las hermandades deben facilitar a través de documentos PDF por medios telepáticos las reglas que se tengan en la actualidad.